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Consulado de Colombia en Cancún

Si el interesado tiene hijos extranjeros menores de edad bajo su patria potestad y que tengan domicilio en la República de Colombia, podrá solicitar que se extienda la nacionalidad a ellos. La solicitud de extensión de la nacionalidad colombiana por adopción debe presentarse al iniciar el trámite de nacionalidad colombiana por adopción del padre o madre.

 

La solicitud de nacionalidad colombiana por adopción no puede hacerse extensiva a los hijos extranjeros mayores de edad, por lo tanto, los hijos mayores de edad deberán presentar la solicitud de forma individual y cumplir con los requisitos establecidos en la Ley 43 de 1993.

 

Los nacionales colombianos por adopción no pueden registrar como nacionales colombianos a los hijos que hayan nacido antes de su naturalización (artículo 17, Ley 43 de 1993).

 

El padre o madre al momento de presentar su solicitud de nacionalidad colombiana por adopción extensiva a sus hijos menores, deberá presentar:

 

a. Visa Residente del menor
b. Escrito de extensión de nacionalidad colombiana por adopción al hijo extranjero menor de edad. La solicitud debe estar firmada por quienes, conjunta o separadamente, ejerzan la patria potestad.

En caso de que la patria potestad sea ejercida únicamente por el solicitante, deberá acreditar dicha circunstancia mediante documento idóneo (Acto administrativo o Sentencia Judicial) debidamente homologada ante la Corte Suprema de Justicia de la República de Colombia.

c. Certificado de nacimiento expedido por el Estado donde ocurrió el nacimiento, debidamente apostillado o legalizado según corresponda.

Si el documento se encuentra en un idioma diferente al castellano, deberá aportarse la traducción oficial del mismo.
d. Pasaporte
e. Copia de la Cédula de Extranjería, si el menor de edad es mayor de siete (7) años.
f. Una (1) foto tipo documentos (4x5 cm) fondo blanco, en formato JPG.

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